COHEP prepara una nueva propuesta de empleo por hora mientras Honduras enfrenta desempleo, informalidad y un mercado laboral en transformación.
SOYDATOS EXPRESS | 5 datos para entender el nuevo debate
7.1%
Es la tasa de desocupación registrada en Honduras en junio de 2026, según los datos laborales utilizados por el INE.
2.08 millones
Personas registraban problemas relacionados con su empleo, una dimensión del mercado laboral que va más allá del desempleo abierto.
2022
Ese año Honduras derogó la Ley de Empleo por Hora mediante el Decreto 38-2022. Fue una idea del gobierno izquierdista de Xiomara Castro.
30 horas
La OIT utiliza, junto con otros criterios, jornadas inferiores a 30 o 35 horas semanales para identificar estadísticamente el trabajo a tiempo parcial.
¿Qué está preparando COHEP?
El Consejo Hondureño de la Empresa Privada (COHEP) trabaja en un nuevo proyecto de Ley de Empleo por Hora que sería presentado al Congreso Nacional, aunque todavía no existe una fecha definida para su entrega ni un texto final público.
La presidenta de COHEP, Anabel Gallardo, informó que el sector privado desarrolla mesas técnicas con representantes de los distintos sectores involucrados. Según explicó, la nueva propuesta surge después de revisar la experiencia de la legislación anterior, que, desde la perspectiva empresarial, no produjo los resultados esperados.
El objetivo planteado por COHEP es construir una regulación que resulte más conveniente para las partes y contribuya a generar nuevos puestos de trabajo. La propuesta, por ahora, se encuentra en etapa de elaboración.
La noticia adquiere relevancia porque Honduras ya tuvo una legislación específica sobre esta modalidad. El Congreso aprobó la Ley de Empleo por Hora mediante el Decreto 354-2013, pero en 2022 la derogó mediante el Decreto 38-2022.
¿Qué cambió desde la primera Ley de Empleo por Hora?
La derogación de 2022 no fue solamente la eliminación de una modalidad contractual.
El Decreto 38-2022 estableció que los trabajadores contratados bajo la legislación anterior quedarían protegidos por las disposiciones generales del derecho laboral hondureño. El decreto también prohibió utilizar la derogación como causal de despido y ordenó a la Secretaría de Trabajo vigilar la estabilidad laboral de esos trabajadores.
Ahora COHEP plantea revisar nuevamente el mecanismo.
La diferencia es que todavía no se conoce cómo quedarán definidos elementos fundamentales como jornada, remuneración, prestaciones, seguridad social, cotizaciones, contratación, terminación laboral y fiscalización.
Por eso, el contenido del proyecto será determinante para saber en qué se diferencia de la legislación que estuvo vigente entre 2014 y 2022.
¿Por qué el mercado laboral hondureño vuelve a mirar la contratación flexible?
El mercado laboral hondureño tiene un problema que no se limita a quienes están oficialmente desempleados.
Los datos de junio de 2026 muestran una fuerza laboral de 4,085,577 personas, con 3,795,263 ocupadas y 290,314 desocupadas, para una tasa de desempleo de 7.1%.
A esto se suma un universo de más de 2 millones de personas con problemas de empleo, lo que muestra que el desafío también está en la calidad, estabilidad y suficiencia de los puestos existentes.
La discusión sobre empleo por hora entra justamente en ese espacio: actividades donde una empresa puede necesitar trabajadores durante determinadas horas, días o temporadas, sin que la demanda justifique necesariamente una jornada completa.
Retail, restaurantes, hoteles, servicios, logística y algunas actividades productivas pueden tener necesidades laborales variables.
La cuestión económica consiste en determinar si una legislación específica puede facilitar que esas necesidades se atiendan mediante empleo formal, en lugar de quedar fuera del sistema.
¿Cómo funciona el empleo parcial en otros países?
La comparación internacional muestra que el trabajo de jornada reducida no necesariamente requiere crear un régimen laboral completamente separado.
La OIT define al trabajador a tiempo parcial como aquel cuya actividad normal tiene una duración inferior a la de un trabajador comparable de tiempo completo. También señala que las legislaciones nacionales utilizan diferentes límites para definir esta modalidad.
En otras palabras, el debate internacional se ha concentrado en buena medida en cómo regular el tiempo de trabajo, no solamente en establecer un pago por cada hora.
Chile y Colombia ofrecen dos referencias regionales.
La OIT identifica a ambos países entre los que han desarrollado reformas recientes relacionadas con la reducción de la jornada laboral y la regulación del tiempo de trabajo.
Honduras frente a otros modelos
| País | Enfoque | Qué muestra la comparación |
|---|---|---|
| Honduras | Nueva propuesta en elaboración | COHEP busca una nueva regulación después de la derogación de 2022 |
| Chile | Trabajo de jornada parcial dentro del régimen laboral | La regulación contempla jornadas inferiores a la completa |
| Colombia | Reducción y reorganización de la jornada | La reforma se concentra en el tiempo de trabajo y su distribución |
| OIT | Estándar internacional de trabajo parcial | Considera trabajo parcial aquel con jornada normal inferior a la de un trabajador comparable de tiempo completo |
La comparación no significa que Honduras pueda copiar alguno de estos modelos. Cada país tiene estructuras salariales, sistemas de seguridad social, legislación y niveles de informalidad diferentes.
Sí permite observar que la flexibilidad horaria puede ser regulada dentro de sistemas laborales que mantienen protección para los trabajadores.
¿Qué diferencia hay entre empleo por hora y trabajo a tiempo parcial?
La diferencia parece pequeña, pero jurídicamente puede ser importante.
El empleo por hora coloca el tiempo efectivamente trabajado como elemento central de la contratación y remuneración.
El trabajo a tiempo parcial, en cambio, puede formar parte del régimen laboral ordinario con una jornada inferior a la completa.
La OIT señala que los trabajadores a tiempo parcial deben ser considerados dentro de marcos que contemplen igualdad de trato respecto de trabajadores comparables de tiempo completo, tomando en cuenta la proporcionalidad correspondiente.
Para Honduras, esta distinción será uno de los puntos que habrá que revisar cuando se conozca el proyecto de COHEP.
¿Qué puede cambiar para las empresas?
Una regulación clara podría permitir que las empresas contraten trabajadores para cubrir necesidades específicas de tiempo sin tener que estructurar necesariamente esos puestos como jornadas completas.
El efecto económico dependerá de las reglas.
Si el sistema reduce costos administrativos y facilita la contratación formal, puede resultar particularmente relevante para empresas cuya demanda cambia durante el día, la semana o determinadas temporadas.
Pero si la regulación resulta demasiado compleja, el incentivo puede reducirse.
Por eso, el proyecto tendrá que definir con precisión cuánto cuesta contratar, qué obligaciones genera y qué derechos conserva el trabajador.
Ese equilibrio es particularmente importante para las micro, pequeñas y medianas empresas, que tienen menor capacidad para absorber costos laborales fijos.
¿Puede una nueva ley reducir la informalidad?
No existe base suficiente para afirmar que una Ley de Empleo por Hora, por sí sola, resolverá la informalidad.
La OIT considera la informalidad latinoamericana un fenómeno estructural relacionado con productividad, características de las empresas, protección social y condiciones del mercado laboral. Su informe de 2026 señala que, aunque la informalidad regional continuó reduciéndose, persisten importantes diferencias entre países.
Por eso, una eventual reforma tendría que medirse por resultados concretos:
- nuevos contratos formales;
- trabajadores incorporados a la seguridad social;
- empresas que formalizan puestos existentes;
- trabajadores que pasan de la informalidad a la formalidad;
- duración de los contratos;
- remuneración efectiva;
- cumplimiento de prestaciones y cotizaciones.
El número de contratos sería solamente una parte de la historia.
¿Qué experiencia dejó la legislación anterior?
La experiencia de 2014 a 2022 seguirá siendo un punto central de la discusión.
La antigua Ley de Empleo por Hora fue creada mediante el Decreto 354-2013 y posteriormente derogada por el Decreto 38-2022. El Congreso estableció entonces que los trabajadores pasarían al régimen general de protección laboral.
La nueva propuesta tendrá que responder a los problemas que llevaron a sustituir aquel modelo y, al mismo tiempo, a las necesidades que COHEP identifica actualmente en las empresas.
Ese es el punto que todavía no puede resolverse con el anuncio del proyecto: qué aprendió Honduras de la primera experiencia y qué cambiará en la segunda.
¿Qué otros factores están condicionando la generación de empleo?
COHEP vinculó el debate laboral con otros problemas que afectan la actividad empresarial.
Gallardo señaló que delincuencia, asaltos y extorsión continúan siendo obstáculos para la atracción de inversiones. También mencionó la expectativa del sector privado sobre las reformas al subsector eléctrico y su impacto en la actividad económica.
Esto coloca la discusión laboral dentro de una ecuación más amplia.
Las empresas necesitan trabajadores, pero también necesitan demanda, inversión, financiamiento, energía, infraestructura y condiciones para operar.
Una ley puede modificar las reglas de contratación. La generación de empleo dependerá además de que existan empresas dispuestas y capaces de contratar.
¿Qué habrá que revisar cuando llegue el proyecto al Congreso?
El primer dato será conocer el texto. A partir de ahí, el análisis deberá concentrarse en cinco variables:
Jornada. Cuántas horas podrá contratar una empresa y bajo qué condiciones.
Remuneración. Cómo se determinará el pago y qué relación tendrá con el salario mínimo.
Protección social. Cómo funcionarán las cotizaciones y el acceso a seguridad social.
Prestaciones. Cómo se calcularán vacaciones, décimos, indemnizaciones y demás derechos cuando corresponda.
Fiscalización. Qué mecanismos impedirán que un puesto permanente sea fragmentado artificialmente para evitar obligaciones laborales.
La discusión ya comenzó. El contenido de la propuesta determinará si Honduras está ante una simple reedición de la figura anterior o ante un modelo diferente de contratación laboral.
La mirada de SOYDATOS
Honduras vuelve a discutir el empleo por hora cuatro años después de haber derogado la legislación que lo regulaba.
El contexto ahora es distinto, pero el problema central permanece: cómo ampliar el empleo formal en un mercado donde conviven desempleo, informalidad y necesidades empresariales de contratación flexible.
La experiencia internacional muestra que el trabajo parcial puede integrarse a los sistemas laborales con reglas específicas. La experiencia hondureña obliga, además, a revisar qué funcionó y qué no funcionó entre 2014 y 2022.
La medida del nuevo proyecto no estará solamente en cuántas horas permita contratar. Estará en cuántos empleos formales genere, qué derechos preserve y cuánto facilite que una empresa pase de querer contratar a efectivamente contratar.

