La reforma fortalece los controles financieros, responde a estándares internacionales y busca preservar la confianza del sistema financiero internacional.
La aprobación de la Ley de Transparencia y Registro Centralizado de Beneficiario Final (RCBF) representa uno de los cambios más relevantes en el sistema de prevención del lavado de activos y financiamiento del terrorismo en Honduras durante los últimos años. La normativa busca cumplir estándares promovidos por el Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI) para fortalecer la transparencia corporativa, evitar riesgos para el sistema financiero y reducir la posibilidad de que el país sea incorporado a la denominada lista gris de jurisdicciones bajo mayor monitoreo internacional.
El diputado Marco Antonio Midence, integrante del Congreso Nacional, explicó que la legislación forma parte del proceso de adecuación normativa impulsado para responder a las evaluaciones internacionales sobre prevención del lavado de dinero y financiamiento del terrorismo. La implementación del registro estará a cargo de la Comisión Nacional de Bancos y Seguros (CNBS), que dispondrá de seis meses para habilitar la plataforma, mientras que las personas jurídicas tendrán cuatro meses adicionales para cumplir con la inscripción.
¿Qué es el Registro Centralizado de Beneficiario Final?
El concepto de beneficiario final identifica a la persona natural que, en última instancia, posee, controla o se beneficia de una empresa, fideicomiso u otra estructura jurídica, incluso cuando existen sociedades interpuestas o cadenas corporativas.
Durante décadas, muchos países permitieron estructuras societarias donde resultaba difícil identificar al propietario real de determinados activos. Esa falta de transparencia facilitó, según organismos internacionales, operaciones vinculadas al lavado de activos, evasión fiscal, corrupción, financiamiento ilícito y ocultamiento patrimonial.
Con la nueva legislación, Honduras incorpora un mecanismo que obliga a identificar a los propietarios reales de las estructuras jurídicas, alineándose con las 40 Recomendaciones del GAFI, consideradas el estándar internacional más importante en materia de prevención financiera.
¿Por qué el GAFI exige este tipo de registros?
El Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI) es un organismo intergubernamental creado en 1989 por el G7, encargado de establecer estándares internacionales para combatir el lavado de activos, el financiamiento del terrorismo y la proliferación de armas de destrucción masiva.
Actualmente más de 200 jurisdicciones aplican o adaptan sus regulaciones conforme a sus recomendaciones mediante organismos regionales como el GAFILAT, del cual Honduras forma parte.
Uno de los principales hallazgos de las evaluaciones internacionales es que las empresas pantalla y las sociedades con accionistas ocultos continúan siendo utilizadas para movilizar recursos ilícitos. Por ello, la identificación del beneficiario final se convirtió en uno de los pilares de los sistemas modernos de transparencia financiera.
La Unión Europea, el Banco Mundial, el Fondo Monetario Internacional (FMI) y la OCDE también promueven registros similares como herramientas para fortalecer la gobernanza y reducir riesgos financieros.
¿Qué implica para las empresas hondureñas?
La ley establece que las personas jurídicas y otras estructuras legales deberán registrar información sobre sus beneficiarios finales ante la CNBS, institución responsable de custodiar la base de datos.
El acceso a esa información no será público. Según el texto aprobado, únicamente podrán solicitarla autoridades con interés legítimo, entre ellas el Ministerio Público, la Oficina Administradora de Bienes Incautados (OABI/OCAE, según corresponda al marco legal aplicable) y otras instituciones facultadas por la legislación vigente.
Asimismo, la normativa incorpora un régimen sancionatorio para quienes incumplan la obligación de registro. Las multas podrán oscilar entre 20 y 500 salarios mínimos, dependiendo de la gravedad de la infracción y de los criterios establecidos en la ley.
La reforma también complementa cambios previos al Código de Comercio, mediante los cuales fueron eliminadas las acciones al portador, un instrumento que dificultaba identificar al propietario efectivo de determinadas sociedades mercantiles.
¿Qué significa realmente ingresar a la lista gris del GAFI?
La denominada lista gris agrupa a los países que presentan deficiencias estratégicas en sus sistemas de prevención del lavado de activos, pero que han asumido compromisos para corregirlas bajo supervisión internacional.
No implica sanciones económicas automáticas, pero sí incrementa el nivel de vigilancia de bancos, inversionistas y organismos financieros.
Diversos estudios del FMI, el Banco Mundial y la literatura especializada muestran que los países incluidos en esa lista suelen enfrentar:
- Mayor escrutinio en operaciones bancarias internacionales.
- Incremento de costos para transferencias financieras.
- Debida diligencia reforzada por bancos corresponsales.
- Mayor percepción de riesgo para inversionistas.
- Posibles efectos sobre el acceso al crédito y el financiamiento externo.
La magnitud del impacto depende de múltiples factores, por lo que no existe un efecto uniforme para todos los países.
¿Cómo se compara Honduras con otros países de América Latina?
En los últimos años, varios países de América Latina y el Caribe han fortalecido sus registros de beneficiarios finales como parte de sus compromisos internacionales.
Uruguay, Costa Rica, Panamá, República Dominicana, Colombia, Chile y Perú cuentan con distintos mecanismos para identificar a los propietarios reales de las personas jurídicas, aunque con diferencias en el acceso a la información y el diseño institucional.
En Panamá, las reformas cobraron especial relevancia tras los Panama Papers, mientras que Costa Rica implementó un registro administrado por su banco central para cumplir compromisos internacionales. La tendencia regional apunta hacia una mayor transparencia societaria como requisito para mantener la confianza de los mercados y del sistema financiero global.
¿Qué implicaciones tiene para la inversión y el sistema financiero?
La transparencia sobre la propiedad de las empresas se ha convertido en un elemento cada vez más valorado por bancos internacionales, organismos multilaterales y agencias de evaluación de riesgo.
Para Honduras, la implementación efectiva del registro podría contribuir a fortalecer la cooperación internacional en investigaciones financieras, facilitar procesos de debida diligencia y mejorar la percepción institucional entre corresponsales bancarios y entidades multilaterales.
No obstante, el efecto dependerá no solo de la aprobación de la ley, sino también de su reglamentación, capacidad tecnológica, calidad de la información registrada y aplicación efectiva por parte de las autoridades competentes.
Organizaciones como el Consejo Nacional Anticorrupción (CNA) y la Asociación para una Sociedad más Justa (ASJ) han sostenido en distintos análisis que el fortalecimiento de los mecanismos de transparencia y trazabilidad financiera constituye un componente importante para combatir estructuras de corrupción y mejorar la gobernanza pública, aunque también enfatizan la necesidad de garantizar controles efectivos y supervisión institucional.
¿Qué sigue después de la aprobación del Congreso Nacional?
La aprobación legislativa constituye apenas el inicio del proceso de implementación. Durante los próximos seis meses, la CNBS deberá desarrollar la infraestructura tecnológica y normativa necesaria para habilitar el registro, definir procedimientos y emitir disposiciones operativas.
Posteriormente comenzará el período de inscripción para empresas y demás estructuras jurídicas obligadas por la ley. Ese proceso será observado no solo por las autoridades nacionales, sino también por organismos internacionales encargados de evaluar el cumplimiento de los estándares del GAFI. La eficacia del registro dependerá de la calidad de su implementación, la coordinación entre instituciones y la capacidad del Estado para convertir una reforma legal en una herramienta efectiva de transparencia financiera.

